"Santa Fe, julio 4 de 1912. Vista la nota que antecede de esa Comisión, se resuelve: 1º) declarar que en los recibos provenientes de venta de terrenos del Cementerio con destino a sepultura, se debe colocar las estampillas correspondientes. 2º) En las donaciones que se hagan a la Comuna no corresponde la reposición de estampillas. 3º) Del producido de la venta de terrenos con destino a sepultura no corresponde el 10% al Consejo de Educación de acuerdo con el artículo 20 de la ley 1368. Hágase saber, inscríbase y archívese."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeSobre su nota del 22 de este mes, pidiendo que la inspección de Escuelas de Departamento General López tenga asiento en su localidad: "Pase el presente expediente al Consejo de Educación al que corresponde entender."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeExpediente 232. "Vista su nota solicitando autorización para aumentar desde el 1° actual, a $50 mensuales al peón de los corrales, se resuelve: hacer lugar a lo solicitado."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeTranscripción: "Señor Ministro: según manifiesta la Comisión de Fomento ocurrente, el sr. Abelardo R. Jáuregui se encuentra desempeñando funciones que le ha encomendado el Consejo Nacional de Higiene, entendiendo esta Inspección que es aquella repartición la que debe abonarle los gastos de movilidad y no la Comisión de Fomento. Julio 23, Torcuato Arzeno, Inspector."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa Fe"Ofíciese a la Honorable Comisión haciéndole saber que debe dirigirse a Defensa Agrícola reclamando la multa que se le ha impuesto, por ser mal aplicada por los fundamentos que la comuna expondrá."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeRespondiendo a su nota del 11 del corriente, comunica haber recibido $700 donado por la comisión Pro Fiestas Mayas con destino al edificio comunal. Debe aceptar y agradecer en nombre del Gobierno tan valiosa donación.
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeExpediente 220. "La ley 1368 no establece patente para establecimientos denominados SANATORIOS, razón por la cual esta Inspección entiende que la Comisión de Fomento debe exigir al establecimiento los impuestos a que se encuentre sujeto por la referida ley y no otros."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeInforme del Fiscal de Gobierno: "Sobre expediente Nº 89, letra V, libro 9: Señor Ministro: sólo el Congreso de la Nación tiene la facultad para resolver sobre el pedido formulado por los sres. H. y A. Long, por ser él quien tiene facultad privativa para establecer los impuestos de que se solicita exoneración, art. 67, inciso 1º de la Constitución Nacional. Es pues el Congreso Nacional a quien ha debido elevar su solicitud dichos señores, sin perjuicio de que el Poder Ejecutivo provincial apoye esa solicitud, por las conveniencias que pueda, su resolución favorable, acarrear al pueblo de Venado Tuerto. Salvo la mejor opinión del señor Ministro. Fiscalía, junio 10/912. Eduardo Ferreyra".
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeSobre expediente Nº 64 (?), letra V, libro 10: "Santa Fe, agosto 10 de 1912. Vista la nota de esa Comisión en consulta sobre si corresponde la devolución del impuesto de una rifa, abonado por Juan Passone, por no haberse efectuado dicha rifa. El sr. Passone ha devuelto todos los boletos de la rifa de una motocicleta, los cuales fueron sellados por la Comisión de Fomento, con lo que se evidencia que la rifa no tuvo lugar. Es de equidad proceder a la devolución del impuesto, de acuerdo con lo informado con la Inspección de Comisiones de Fomento, se resuelve: que corresponde la devolución solicitada debiendo la comuna practicar el descargo respectivo en sus libros."
Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura de Santa FeExpediente 234. "Vista la nota en la que solicita se le autorice a invertir de sus rentas propias la suma de $300 para la traslación del molino que existe en la plaza principal a los corrales de abasto para extraer agua necesaria para las haciendas y la construcción del terraplén y tanque respectivo, se resuelve: acordar la autorización, sin responsabilidad alguna por parte del gobierno."
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